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Director UEB Transporte

Transporte Yunior Valentín Laffita

Yunior Valentín Laffita

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Dirección: Calle B No 13ª entre Coronel Tío y Torrenteras, Banes, Holguín.


Atención a la población
Viernes:9:00am - 12:00pm

La UEB cuenta con un total de 139 trabajadores, de ellos 112 son hombres y 27 mujeres. Se presta servicio de transportación de pasajeros y carga, servicios funerarios, cobro de piqueras, servicios de talleres como fregado, ponche, reparación, mantenimiento y chapistería.

Tarifas máximas en CUP para los titulares del sector no estatal

Teniendo en cuenta la Resolución número 427 de fecha 23 de octubre de 2019 emitida por el del Ministerio de Finanzas y Precios, en el último párrafo del apartado vigésimo enuncia: ¨En el caso específico del servicio público de transportación de cargas y pasajeros con medios automotores que presten los trabajadores por cuenta propia, los Consejos de la Administración Provincial fijan los precios máximos de ida y retorno, los que deben ser coincidentes entre municipios de una misma provincia y entre provincias ¨.

Principales Modificaciones en el Reglamento de la Licencia de Operación del Transporte

Se Unifica en una sola modalidad de Licencia, denominada REGULAR, las actuales modalidades de libre y ruta en la transportación de pasajeros.
Se mantiene la licencia en la modalidad de alto confort o clásico, vinculadas a la empresa TAXISCUBA.
Mantener en La Habana, y extender al resto del país, la obligatoriedad del uso de tarjeta magnética para la adquisición del combustible por los porteadores privados que brindan servicios de transportación de cargas y pasajeros en medios automotores.
Se establece para los transportistas que brindan servicios en medios automotores, con excepción de los vinculados a la empresa TAXISCUBA, un precio diferenciado en CUP para la adquisición del combustible en los servicentros.

Tipo UM Precio

Gasolina Especial B-94------ litro-------------$15.00

Gasolina Regular B – 90----- litro-------------$10.00

Gasolina motor B – 83-------- litro-------------$ 8.00

Diesel regular-------------------- litro-------------$ 8.00

Se establece un consumo de combustible mínimo y máximo mensual en función del tipo de vehículo, tipo de combustible, capacidad de transportación del vehículo y actividad a realizar (transportación de cargas, pasajeros o ambas)
Las licencias con extensión nacional se aprueban en el grupo multidisciplinario municipal en correspondencia con las necesidades del territorio y las condiciones para su ejecución de forma ordenada. En particular para la transportación de pasajeros en camiones, camionetas y ómnibus se establecen un conjunto de requisitos que deben cumplir los medios de transporte, asociados a la seguridad y la calidad del servicio, entre ellos se encuentran:
Disponer de ventanilla o sistema de climatización, tener el asiento fijo al piso del medio de transporte, no inferior a los 70 centímetros, contar con iluminación suficiente para la maniobra de los pasajeros, sistema de aviso que comunique el salón con la cabina del chofer.
Requisitos que se adicionan de manera general para la obtención ó actualización de la licencia de opracion del transporte:
Ser titular de una cuenta bancaria fiscal para realizar las transacciones de cobros y pagos.
Tener suscrito contrato con FINCIMEX para la adquisición del combustible mediante tarjeta magnética.
Se flexibiliza el requisito relacionado con Ser propietario, arrendatario o poseedor legal del medio de transporte o de la instalación
Una persona natural puede solicitar una licencia de operación del transporte para brindar servicio con un medio o en una instalación propiedad de su conyugue o familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (padres, hijos, hermanos, nietos y abuelos) y primer grado de afinidad (suegros, nueras y yernos).
Como parte del sistema de control se modifica el decrero ley 357 sobre las contravenciones personales en el ejercicio del trabajo por cuenta propia:
Se faculta a los inspectores estatales del transporte a realizar inspecciones e imponer las medidas con respecto al ejercicio del trabajo por cuenta propia.
Sobre la organización y control del proceso de instrumentación de las modificaciones:
El proceso de actualización de la licencia es organizado y controlado a través de convocatorias a los titulares, por la entidad facultada para otorgar la Licencia, si el titular no concurre a la primera convocatoria, se le realiza una segunda, de no presentarse se procede de oficio a la suspensión de la Licencia.
Las normas entran en vigor a los 60 días naturales después de su publicación en la Gaceta, el 5 de enero. En este tiempo se desarrollará el proceso de preparación de las estructuras administrativas responsabilizadas con la organización y ejecución del proceso y la capacitación a la totalidad de los transportistas comprendidos en las modificaciones. También la revisión de la totalidad de los servicios que brindan los transportistas y sus precios para la promulgación por cada Consejo de la Administración de un nuevo Acuerdo.
Para los titulares que disponen actualmente de la Licencia de operación de transporte en la modalidad de libre o ruta realizan el trámite de actualización hacia la Licencia REGULAR, sin costo adicional y con respeto a la fecha de vigencia de la modificada.
Los transportistas vinculados a la empresa TAXISCUBA se rigen por normativas especificas por lo que no le es aplicable estas modificaciones, solo la actualización dela Licencia en el caso de las GAZellas y los triciclos. El perfeccionamiento de los principios que sustentan el modelo de gestión de la empresa TAXISCUBA es tema que continúa en estudio.
Puntualizaciones importantes de las modificaciones al Reglamento de la LOT:
La disminución del precio del combustible se traduce en beneficio para la población, pudiendo consumir un servicio con precios aceptables, como complemento al servicio público principal.
Se elimina el precio de oferta y demanda en la transportación de pasajeros por los transportistas privados, se rigen por los precios máximos fijados por los Consejos de la Administración según el tipo de servicio, características del medio de transporte y el combustible a utilizar.
Durante los 60 días que restan para la puesta en vigor de las normas jurídicas se continúa trabajando de conjunto con los Consejos de la Administración Provinciales en la evaluación de los servicios básicos de transporte que brindan los porteadores privados y la determinación de sus precios máximos.
Las empresas operadoras de terminales, estaciones, piqueras y puntos de embarques quedan responsabilizadas en divulgarle a los pasajeros los servicios que se brindan y sus precios máximos.
Los transportistas privados en la modalidad de regular no pueden brindar el servicio de alto confort o clásico.
Se mantiene operando en la capital, el sistema de piqueras y rutas como complemento al servicio público principal con los taxis estatales,
Es importante que todos los transportistas privados acudan a la sucursal bancaria de su municipio de residencia e iniciar el proceso de apertura de la cuenta bancaria como primer paso para la actualización de la Licencia.
El paquete de normas vinculantes con el perfeccionamiento de las actividades de transportes de cargas, pasajeros o ambas, entrarán en vigor el 5 de enero, fecha a partir de la cual, la población comenzará a percibir los impactos de estas medidas de forma gradual.

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